Calculadora de gastos al vender una vivienda

Autor: Casazul
Calculadora de gastos al vender una vivienda

En el artículo de hoy, en CasAzul Inmobiliaria queremos ahondar un poco en los gastos e impuestos que conlleva la venta de una vivienda. Para ello, lo primero vamos a ir al grano mostrándoos una calculadora rápida de los gastos al vender una vivienda.

Después, si os animáis a seguir leyéndonos, os detallaremos un poco más en qué consisten dichos gastos y cuáles son los que tiene que pagar el vendedor sí o sí, y cuáles no, porque le tocan al comprador.

Calculadora de gastos e impuestos al vender tu vivienda

Actualizada Agosto 2025

Rellena los siguientes datos:

Resultado estimado

Concepto Importe (€)
Total estimado 0

* Cálculo orientativo. Los impuestos y aranceles definitivos pueden variar según normativa municipal, honorarios notariales y tu situación fiscal personal.

Además de conocer los gastos al vender una vivienda, te invitamos a que leas nuestro artículo sobre los factores a tener en cuenta para fijar el precio de una vivienda.

Y por supuesto, si lo puedes hacer, siempre recomendamos antes de vender una vivienda realizar la técnica de Home Staging para poder revalorizarla y venderla a mayor importe.

Gastos e impuestos al vender una vivienda

Actualmente, los gastos al vender una vivienda en España son 3 los principales:

Plusvalía municipal

La plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) es un impuesto en el que cada ayuntamiento aplica diferentes coeficientes. En nuestra calculadora hemos ajustado un coeficiente medio del 1,3% para la Comunidad Valenciana y un 1,5% para Madrid, por ejemplo. El cálculo real se hace sobre el valor catastral del suelo, pero tomar un porcentaje del precio de venta te da una aproximación prudente.

IRPF por ganancia patrimonial

Por otro lado, Hacienda grava la diferencia entre el precio de venta y el de compra después de aplicar coeficientes de actualización. En nuestra calculadora, para simplificar, usamos los tipos estatales vigentes en 2025. Un 19% para los primeros 6.000€, un 21% hasta 50.000€ y 23% en adelante. Si reinviertes en vivienda habitual, podrías estar exento, pero conviene conocer la factura bruta.

Gastos notariales y registrales

Y por último quedarían los gastos de Notaría, Registro y Gestoría. La tarifa está regulada por arancel y suele rondar el 0,5% del valor de escritura. La cancelación de hipoteca, si la tienes, añade entre 600 y 1.000€. En nuestra calculadora aplicamos una media de 0,5% sobre el precio de venta y un coste fijo de 700€ para cancelar hipotecas.

Gastos de compraventa de inmuebles

Gastos que NO asume el vendedor

Hay una serie de gastos que recaen sobre el comprador o sobre su entidad financiera que a menudo se confunden.

Estos gastos son los siguientes:

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Aplica a cualquier vivienda de segunda mano. El sujeto pasivo es el comprador, nunca el vendedor. Varía entre el 6 % y el 10 % del precio escriturado según la comunidad autónoma.

IVA y AJD en obra nueva

Si vendes una vivienda usada, estos impuestos no existen para ti, pero en vivienda de obra nueva los paga el comprador (tampoco lo paga la constructora). Éstos son el 10 % de IVA + Actos Jurídicos Documentados (entre 0,5 % y 1,5 %, según la CCAA).

Tasación hipotecaria y comisión de apertura

Cuando el comprador solicita hipoteca, todos los costes asociados (tasación, gestoría, registro de la hipoteca, comisión de apertura o estudio) los asume él o su banco. Desde la Ley de Crédito Inmobiliario 2019 los aranceles notariales, registro y gestoría de la propia hipoteca son obligación de la entidad prestamista, no del vendedor.

Seguros vinculados y gastos de apertura de cuenta

Al igual que la hipoteca, cualquier seguro de vida, hogar o cuenta bancaria exigido por la entidad prestataria es un gasto exclusivamente del comprador, no afecta al vendedor.

Plusvalía municipal "cero" si no hay ganancia

Desde la reforma 2021, si se acredita pérdida patrimonial no se liquida plusvalía. Aunque el impuesto sea técnicamente del vendedor, queda exento en ese escenario.

¿Quién paga el IBI?
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles se devenga el 1 de enero, según la Ley de Haciendas Locales.
Legalmente lo paga el vendedor porque era titular de la vivienda el 1 de enero.
Contractualmente se suele repartir a partes proporcionales: del 1 de enero a la fecha de la venta paga el vendedor y de la fecha de la compra hasta el 31 de diciembre paga el comprador.


¡Vende tu piso con casAzul!

Y ahora que ya sabes los gastos e impuestos de venta...

Concierta una visita a tu inmueble, para que un asesor de casaAzul valore el precio de venta de tu inmueble.

Comparte: